REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO DEL PODER
ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento tiene como objeto establecer, proponer y adoptar las
medidas de Seguridad e Higiene, para prevenir los accidentes y enfermedades de trabajo en
las distintas dependencias del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco. Pretendiendo que las
labores se realicen en condiciones de Seguridad, Higiene y medio ambiente adecuados para
los trabajadores.
ARTÍCULO 2.- El presente Reglamento es de observancia general para los trabajadores del
Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco y las disposiciones deberán ser cumplidas en todos los
centros de trabajo, dependientes del Poder Ejecutivo de la Administración Pública Estatal.
ARTÍCULO 3.- Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:
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