viernes, 27 de mayo de 2016

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO DEL PODER






ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento tiene como objeto establecer, proponer y adoptar las medidas de Seguridad e Higiene, para prevenir los accidentes y enfermedades de trabajo en las distintas dependencias del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco. Pretendiendo que las labores se realicen en condiciones de Seguridad, Higiene y medio ambiente adecuados para los trabajadores. ARTÍCULO 2.- El presente Reglamento es de observancia general para los trabajadores del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco y las disposiciones deberán ser cumplidas en todos los centros de trabajo, dependientes del Poder Ejecutivo de la Administración Pública Estatal. ARTÍCULO 3.- Para los efectos de este Reglamento se entenderá por: 

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